LAS 21 PREGUNTAS SOBRE SEGUROS DE VIDA QUE DEBES SABER

Si lees esto detenidamente, sabrás absolutamente todo sobre los seguros de vida

1.- ¿QUÉ ES UN SEGURO DE VIDA?

Todos lo sabemos y conocemos casos: la vida te cambia de un día para otro, de un momento a otro. Desgraciadamente. Si tus hijos, tu pareja, tus padres o cualquiera que dependa de ti no tiene garantizada la independencia económica, deberías asegurar su futuro. Porque nadie está a salvo de un accidente.

Un seguro de vida te permite proteger a las personas que están a tu cargo si te pasa algo y no puedes ayudarlos. Tu seguro se ocupará por ti de que nada les falte.

Las personas que más quieres podrán recibir una indemnización por el capital asegurado, de una vez o también en forma de renta, para que tus hijos tengan garantizados sus estudios, por ejemplo, o para que tu familia haga frente a la hipoteca, o para que tu pareja pueda seguir pagando las letras del coche o el alquiler de su negocio…

Compara precios y coberturas en las principales aseguradoras. Déjate asesorar por una correduría de seguros que analice tu caso, tus necesidades y las de los tuyos. Porque los seguros de vida son baratos y asegurar el futuro de tus seres queridos no tiene precio.

2.- ¿QUÉ CUBRE UN SEGURO DE VIDA?

Básicamente si te mueres o te quedas totalmente inválido, pero se puede ampliar a más coberturas.

Si vas a hacerte un seguro de vida, debes contar a tu corredor de seguros cuáles son tus aficiones, porque algunos seguros excluyen el fallecimiento durante la práctica de deportes de riesgo. O sea, que si te apasiona el puenting, deberías pedir que te cubrieran también eso.

Tu compañía de seguros no se hará cargo si tus herederos deciden quitarte de enmedio para cobrar: que lo sepan. Y no querrá saber nada en el supuesto de que mueras por viajar a un país en guerra. Tampoco puedes suicidarte durante el primer año de tener un seguro de vida (nosotros te aconsejamos que no lo hagas nunca).

En cuanto a la invalidez, generalmente, los seguros de vida solo la cubren si es total, pero puedes elegir una póliza más amplia.

Lee las condiciones de tu seguro de vida para saber qué está excluido. Los seguros de vida son muy baratos y, lógicamente, tienen limitaciones. Pero si quieres, puedes cubrir riesgos adicionales con un coste mayor.

3.- ¿QUIÉN DEBE SER EL BENEFICIARIO DE UN SEGURO DE VIDA?

Cuando las pólizas del seguro de vida las hace una entidad bancaria suele ponerse ella misma como beneficiaria. Es decir, tú falleces y la compañía aseguradora paga la indemnización al banco en vez de a tu familia. Con esto se liquida el capital pendiente de la hipoteca.

Dependiendo de en qué comunidad vivas y qué impuestos de sucesión estés obligado a pagar, puede ser ventajoso que tu banco reciba el importe para pagar la hipoteca.

Pero ¿no sería mejor que aseguraras tu vida por una cantidad mayor que el dinero que debes de la hipoteca para que los tuyos pudieran hacer frente a otros gastos y salir adelante si tú faltas?

Cuando estás pagando una hipoteca nunca sabes exactamente lo que debes, los intereses, el capital pendiente y un montón de conceptos hacen que te líes y nunca lo tengas claro. Por eso no debes dejar exclusivamente en manos de tu banco cosas que solo ellos entienden.

Es lógico que el banco cobre, pero tu familia también. Pagar la hipoteca no suele ser suficiente cuando un miembro de la familia fallece. Es necesario ampliar las coberturas.

4.- ¿Por cuánto dinero hacer el seguro?

Para contratar un seguro de vida te van a preguntar qué capital quieres asegurar; es decir, cuánto quieres que la compañía de seguros pague a tus herederos si a ti te pasa algo. Lógicamente, cuanto más necesites, más vas a pagar por tu seguro.

¿Cómo calcularlo?

Incluye un capital que sea al menos cinco veces tu salario bruto anual. Esto es, si ganas 24.000 € al año, asegura un capital de 120.000 €.

Si tienes una hipoteca, suma el importe de lo que te quede por pagar, para que tus herederos puedan hacer frente a las cuotas del banco.

Si tienes deudas por préstamos personales o letras del coche…, añádelas al capital asegurado.

Piensa, además, en la situación particular de los tuyos. ¿Tus hijos son pequeños o ya se ganan la vida? ¿Tu pareja tiene sus propios recursos o necesita tu aportación económica? ¿Hay familiares dependientes?…

Suma todo esto y calcula el capital que debes asegurar para proteger a las personas que quieres.

5.- ¿Qué es el cuestionario de salud? ¿Y la revisión médica?

Para hacerte un seguro de vida la compañía te preguntará por tu salud. Es lógico, ¡le interesa que sus clientes no se mueran!

Tendrás que responder a un breve cuestionario médico con preguntas sobre tu estado de salud y tus hábitos de vida. Nuestro consejo es que jamás mientas, porque si falleces por una dolencia que no habías declarado previamente, puede que tu seguro no se haga cargo.

Este cuestionario es muy simple si tienes menos de 45 años y si el capital asegurado es inferior 300.000 €. Consulta con tu corredor de seguros, porque no todas las compañías exigen los mismos requisitos. En algunos casos, por edad avanzada o porque quieras contratar un capital muy elevado, la aseguradora puede pedir que te hagan una revisión médica en un centro concertado con la compañía. Estupendo. Así sabrás si estás bien y qué debes hacer para cuidarte.

Ten en cuenta que la compañía deberá hacer un gran desembolso si te pasa algo, de manera que controlará que no hayas tratado de engañarla.

6.- ¿Puedo tener más de un seguro de vida?

Sí, puedes tener todos los que quieras y puedas pagar.

Si te pasa algo, tu familia cobrará la indemnización por todos los seguros que tengas en vigor en ese momento.

En el caso de que ya tengas un seguro por la hipoteca con tu banco, ten en cuenta que solo cubrirá la deuda de la casa. Con toda probabilidad eso no será suficiente para tu familia. Las pensiones de viudedad y orfandad, si las hay, no suelen bastar para mantener el nivel económico deseado.

Te interesa contratar un seguro adicional que cubra otras deudas, asegure los estudios de tus hijos o compense la falta de tus ingresos.

Por lo general, conviene tener al menos 300.000 € asegurados para que la familia pueda salir adelante si uno fallece.

7.- ¿Cuándo finaliza el seguro de vida?

Generalmente finaliza a los 70 o 75 años, y solo se puede contratar hasta los 65. Las compañías saben que tenemos fecha de caducidad, así que sería absurdo aseguramos como si fuéramos eternos.

Cuando el tomador del seguro cumple esa edad, el seguro se cancela automáticamente… y tan contentos de no haberlo necesitado, ¿no?

Las pólizas de los seguros de vida se pagan anualmente y los importes que las compañías cobran se incrementan en distintos porcentajes según tamos de edad. Hasta los 50 años, los aumentos son pequeños, de 50 a 55 suben, luego más… Es normal, porque nuestras posibilidades de morir también se elevan.

Al contratar un seguro de vida, podemos elegir si queremos que el capital asegurado se vaya revalorizando cada año de acuerdo con el IPC o con un porcentaje determinado, o si preferimos que se mantenga siempre por la misma cantidad. Esto también influirá en el recibo a pagar.

Un corredor de seguros podrá asesorarnos sobre las ofertas de las diferentes compañías más ventajosas para nuestra situación personal.

8.- Si soy el beneficiario, ¿cómo cobro el seguro de vida?

Pueden darse dos casos: que el beneficiario sea el propio asegurado, por una situación de invalidez, o que sean sus herederos porque él ha fallecido.

Lo primero será comunicar a la compañía aseguradora la invalidez o el fallecimiento.

Si el único seguro con que contaba el asegurado era el contratado con el banco por la hipoteca, lo más probable es que sea el banco el beneficiario. Habrá que ponerse en contacto con la entidad para que gestione la cancelación de la deuda.

Los beneficiarios del seguro deberán realizar los trámites que requiera la aseguradora, como presentar el dictamen de incapacidad de la Seguridad Social o de la mutualidad, si es el caso, o el certificado de fallecimiento, el informe médico, informes de la autoridad judicial en el caso de que la muerte se haya producido por accidente, aportar el testamento o el certificado del registro de últimas voluntades, etc., etc.

Lo mejor es ponerse en contacto con la compañía de seguros lo antes posible y que indiquen los requisitos necesarios para hacer el ingreso en la cuenta de los beneficiarios.

9.- ¿Es lo mismo un seguro de vida que un seguro de muerte (o decesos)?

No. Son diferentes, y puede que necesites los dos.

Un seguro de vida te protege en caso de invalidez y protege a los tuyos si mueres. Un seguro de decesos te paga los gastos de entierro que, por si no lo sabes, son bastante elevados.

Para evitar sumar disgustos a tu familia si falleces, estaría bien que tuvieras un seguro de decesos, que puedes pagar anualmente, fraccionado, o en un pago único. Con esto te aseguras de que tus gastos te los pagas tú, sin ser gravoso para nadie.

Contratar un seguro de decesos es un gesto de educación, civismo y consideración que todos deberíamos hacer. Pero, cuidado, a veces hay quien tiene un funeral magnífico, pero luego deja a su familia a dos velas.

El seguro de vida es lo más importante.

10.- ¿Cómo saber si un familiar fallecido tenía seguro de vida?

Tendrás que hacer algunos trámites, ¡y deprisa!

En el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones te informan de todos los seguros de vida de la persona fallecida, porque a veces el beneficiario desconoce que tiene seguros que le han regalado por hacerse tarjetas bancarias o abrir cuentas. Todos los seguros se reflejan en este organismo dependiente del Ministerio de Economía.

Además, deberás descargarte el formulario 790-006 de la página web del Ministerio de Justicia con el fin de solicitar un certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento. Deberás aportar la documentación que te pidan, como el certificado de defunción y del registro de últimas voluntades, pagar unas tasas y presentarlo antes de que transcurran 15 días desde la fecha de defunción.

En el plazo de 7 días como máximo, ellos también podrán informarte de los contratos de seguro que tenía el fallecido y con qué compañías.

A continuación, podrás acudir a la aseguradora y solicitar la indemnización si eres tú el beneficiario.

11.- ¿EL SEGURO DE VIDA SOLO SIRVE SI YO FALLEZCO? ¿Y SI MUERE MI PAREJA?

Los seguros de vida cubren exclusivamente a una persona, el tomador de la póliza. Si este muere, sus herederos reciben el dinero.

Si son dos los miembros de la familia los que aportan los ingresos necesarios y la economía familiar no se sontendría si faltara uno de ellos, es necesario tener dos seguros de vida.

Cuando dos miembros de la familia contribuyen a la manutención del hogar, es conveniente que ambos tengan un seguro de vida para que a los hijos, si los hay, o al resto de personas dependientes no les falte lo necesario si uno fallece.

En el caso, todavía frecuente en España, de que la mujer sea ama de casa, también ella debería tener un seguro de vida, porque su trabajo doméstico, aunque no esté remunerado, es muy valioso. ¿Quién se ocuparía de los hijos y del hogar si ella fallece? Habría que pagar mucho dinero para que alguien la sustituyera.

Los seguros de vida no son caros, y se pueden hacer tantos como se considere oportuno para poder vivir tranquilos.

Los seguros de vida ligados a la hipoteca normalmente solo cubren el capital pendiente de devolver al banco, no la tranquilidad de tu familia. La ventaja de una compañía aseguradora es que el tomador elige qué quiere asegurar y cuál será la cantidad que podrán percibir sus herederos si él fallece.

En algunas compañías existe también una modalidad de seguro de vida «dos cónyuges» que indemnizan con el doble o el cuádruple si fallecen los dos miembros de la pareja. Es una buena idea para dejar bien protegidos a los hijos menores. Hay que comparar y tomar las decisiones más acertadas en cada etapa de la vida.

12.- ¿ES OBLIGATORIO HACERSE UN SEGURO DE VIDA CON LA HIPOTECA?

No. Ninguna ley te obliga.

La ley te dice que para conducir un vehículo debes tener obligatoriamente un seguro de responsabilidad civil, porque puedes causar daños a los demás, un peatón, otro conductor… En cambio, cuando pides un préstamo, ninguna ley te obliga a asegurar tu vida.

Pero es una tontería no hacerlo.

¿Qué pasaría si tú falleces? La deuda de la hipoteca pasará a tus herederos, ya sean tus hijos, tu pareja, tus padres, una hermana… ¿Están ellos en condiciones de pagar tu casa o vas a arruinarles la vida?

Salvo que estés solo en el planeta Tierra y te dé igual si mueres, porque nadie va a heredar ni tus bienes ni tus deudas, conviene que te hagas un seguro de vida.

Ten en cuenta que el banco no quiere tu casa, quiere que le devuelvas el dinero que te ha prestado, como es lógico. Su negocio no es tener miles de casas, es tener miles de millones. Así que probablemente te pedirá que te hagas un seguro de vida antes de prestarte el dinero que necesitas.

Solo así se asegura que, aunque tú mueras, él recuperará lo que te ha prestado.

13.- ¿EL SEGURO DE VIDA ES MÁS CARO EN UN BANCO O EN UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS?

No. Ning

En un banco. Sin lugar a dudas.

Un estudio comparativo de primas de seguro de vida riesgo, llevado a cabo por INESE, la empresa de datos e información del sector asegurador, y la consultora Global Actuarial, ha revelado que es posible ahorrar entre un 30 % y un 45 % de media si se contrata el seguro a una compañía de seguros en lugar de contratárselo a tu banco. En algunos casos, el informe detecta hasta un 42 % menos de precio en las aseguradoras frente a entidades bancarias.

Es lógico. Tu banco no es una compañía de seguros, y los intereses están realmente bajos. Tiene que financiarse de algún modo…, pero puede que no desees que lo haga a tu costa.

Si eliges ahorrarte dinero tú, en lugar de que se lo ahorre tu banco, será mejor que contrates tu seguro de vida en una compañía de seguros.

Un corredor de seguros podrá ofrecerte los mejores precios de cada compañía según tus necesidades.

una ley te obliga.

La ley te dice que para conducir un vehículo debes tener obligatoriamente un seguro de responsabilidad civil, porque puedes causar daños a los demás, un peatón, otro conductor… En cambio, cuando pides un préstamo, ninguna ley te obliga a asegurar tu vida.

Pero es una tontería no hacerlo.

¿Qué pasaría si tú falleces? La deuda de la hipoteca pasará a tus herederos, ya sean tus hijos, tu pareja, tus padres, una hermana… ¿Están ellos en condiciones de pagar tu casa o vas a arruinarles la vida?

Salvo que estés solo en el planeta Tierra y te dé igual si mueres, porque nadie va a heredar ni tus bienes ni tus deudas, conviene que te hagas un seguro de vida.

Ten en cuenta que el banco no quiere tu casa, quiere que le devuelvas el dinero que te ha prestado, como es lógico. Su negocio no es tener miles de casas, es tener miles de millones. Así que probablemente te pedirá que te hagas un seguro de vida antes de prestarte el dinero que necesitas.

Solo así se asegura que, aunque tú mueras, él recuperará lo que te ha prestado.

14.- ¿TENGO QUE HACERME EL SEGURO CON MI BANCO?

No es obligatorio.

La ley te ampara si no quieres contratar el seguro de vida con tu banco y prefieres hacerlo en cualquier compañía de seguros. El banco puede poner sus condiciones, como decirte que te penalizará con un mayor interés si no te haces el seguro con ellos. Está en su derecho: quien paga manda. Pero echa cuentas, seguro que así todo te resulta más económico hacer tu seguro en una compañía aseguradora.

Con los tipos de interés por los suelos y las devoluciones a las que se enfrentan muchas entidades bancarias por sus malas prácticas, la mejor forma que tienen los bancos de sacar dinero es venderte un seguro. Y, ya lo habrás notado, los bancos están locos por vender seguros.

Hay prácticas abusivas, como cobrarte la prima de golpe incluida en el dinero que te prestan para la hipoteca, o exigirte que estés con ellos durante toda la vigencia del préstamo. Estate atento, porque en los bancos hay gente ética, pero también hay gente que no lo es, como en todas partes.

Lo que está claro es que, de media, tu seguro con el banco va a salirte un 40% más caro que en una compañía de seguros. Tú verás si te conviene aceptarlo, plantarte o cambiarte de entidad.

15.- EL BANCO ME DICE QUE YA NO TENGO QUE PAGAR EL SEGURO DE VIDA, ¿MERECE LA PENA HACERSE UNO NUEVO?

Rotundamente sí. Las desgracias no les ocurren solo a los demás.

Puede que no tengas que estar pagando el seguro de vida durante los mismos años que tienes la hipoteca. En ocasiones la hipoteca es a 25 años y tu seguro con el banco abarca 15 o 20 años, o los que sean.

Existen seguros de capital decreciente, que implican que conforme vas pagando la hipoteca te reducen el precio de la póliza, porque el importe asegurado va disminuyendo, pero, ojo, también disminuye el riesgo cubierto. Es decir, si te pasa algo, el seguro que llevas tantos años pagando ya no te cubrirá casi nada.

No te alegres por tener un gasto menos. Carecer de seguro de vida es una irresponsabilidad. Nadie está a salvo de sufrir un accidente, y entonces ¿qué sería de los tuyos? ¿Tu pareja podría mantener el hogar sin tu ayuda? ¿Tus hijos podrían seguir estudiando? ¿Hay personas mayores que dependen de ti? ¿Quién va a hacer frente a los gastos si tú no estás?

Los seguros de vida son baratos. Por el precio que te cuesta salir a cenar un par de veces con tu familia puedes asegurar el futuro de quienes más quieres durante un año.

16.- ¿PUEDO CAMBIARME DE SEGURO SI YA LO TENGO CON EL BANCO?

Sí, claro.

En realidad uno puede y debe cambiar el seguro de vida de su banco a una compañía de seguros o incluso de una compañía asegurador a otra si le ofrecen más ventajas, mejores prestaciones y precios más baratos.

En cuestiones económicas no hay por qué jurar fidelidad a nadie. El tomador del seguro debe velar por sus intereses y los de su familia.

Mejor que acudir a una compañía determinada es pedir consejo a una correduría de seguros que trabaje con las principales compañías aseguradoras, o consultar en un comparador de seguros para ver qué nos conviene más y conocer distintas ofertas.

Para cambiar el seguro de vida con el banco a una compañía o de una compañía a otra, hay que preguntar qué requisitos necesitamos, pero con tiempo, porque deberemos solicitarlo al menos con un mes de antelación al vencimiento anual de la póliza.

Generalmente, tendremos que enviar una carta certificada solicitando la baja con todos nuestros datos y los de la póliza, o bien presentarla personalmente.

17.- SI ACEPTO EL SEGURO DE VIDA DEL BANCO, ¿PUEDO DESPUÉS DARME DE BAJA?

Sí, claro. Como ocurre cuando compras algo: tienes derecho a arrepentirte.

Una vez que te hayan entregado la póliza, la ley te da 30 días para desistir, sin indicar los motivos y sin penalización alguna.

Infórmate en la aseguradora, no en el banco, de cuáles son los trámites.

Generalmente, tendrás que enviar un burofax diciendo que te acoges al derecho de desistimiento unilateral que recoge el art 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro y di que quieres la devolución de la prima cobrada.

Inicia los trámites inmediatamente, y no te dejes coaccionar: exige que se cumplan tus derechos.

Si después de un tiempo pagando a tu banco el seguro de vida, quieres cambiar a una compañía de seguros, también puedes hacerlo. Tendrás que enviarles una carta un mes antes del vencimiento de la póliza anual. Pregúntales cuáles son los trámites, y no olvides que estás en tu derecho. Si necesitas un modelo de carta para cancelar el seguro de vida o seguro de hipoteca con el banco, puedes copiar el que te ofrecemos aquí.

SEGUROS DE VIDA DE PRIMA ÚNICA, PRIMA NIVELADA Y PRESTAMOS PERSONALES

18.- ¿QUÉ SON LOS SEGUROS DE VIDA DE PRIMA ÚNICA?

En dos palabras: una faena, por decirlo suavemente.

Algunos bancos han obligado a sus clientes a pagar un seguro de vida con el préstamo hipotecario y se lo han cobrado de golpe, de una sola vez, al firmar la hipoteca.

El cliente recibe el dinero del préstamo donde ya está incluido el seguro de vida, que suele tener un coste elevado porque cubre todo el periodo de plazos de la hipoteca.

El seguro de vida debe pagarse anualmente, lo contrario es tirar el dinero. Nadie sabe qué va a pasar con su vida, puede que necesitemos vender nuestra casa antes de terminar de pagarla, que tengamos que mudarnos… ¿para qué pagar por adelantado algo que no vamos a necesitar?

19.- SI ME HAN COBRADO UN SEGURO DE PRIMA ÚNICA, ¿PUEDO PEDIR QUE ME LA DEVUELVAN?

Pide asesoramiento a una correduría de seguros para que te informen de si podrían tramitar la devolución del dinero cobrado por la prima no consumida de tu seguro de vida.

Algunos bancos han cometido abusos y malas prácticas. Muchos están pagando por ello y deberán devolver el dinero cobrado indebidamente, como en la cláusula suelo. Quizá también se vean obligados a devolver a sus clientes lo que han cobrado en concepto de seguros poco claros, fraudulentos y abusivos.

En ocasiones, al firmar una hipoteca, el banco se ha permitido cobrar una cantidad extra por el seguro de vida que ha incluido en el total del dinero prestado, en vez de repercutir el pago anualmente.

Esto es una barbaridad porque nadie sabe cuánto va a vivir, ni si tendrá las mismas circunstancias hoy que mañana. El seguro de vida debe pagarse anualmente, y conviene que revisemos las condiciones y las coberturas que necesitemos. No somos los mismos a los 30 años que a los 50, ni personal, ni familiar, ni laboralmente.

20.- MI BANCO ME OFRECE UN SEGURO DE PRIMA NIVELADA, ¿ES MEJOR QUE UN SEGURO DE VIDA?

Es otra cosa.

Los bancos están deseando vender seguros porque es con lo que ganan dinero. Por eso a veces los seguros se enmascaran con otros productos que parecen ventajosos, pero que no lo son en absoluto.

Los seguros de prima nivelada son seguros de vida vinculados a un producto de ahorro; es decir, el banco nos ofrece una cantidad de dinero en un momento determinado de nuestra vida, dinero que hemos ido aportando nosotros, claro, junto con el seguro de vida.

El banco calcula lo que pagaríamos por nuestro seguro de vida durante todo el tiempo de la hipoteca y lo divide entre las mensualidades que deberemos pagar, y pagamos siempre lo mismo durante toda la vida del contrato.

Una persona de 30 años tiene seguros de vida mucho más baratos que una de 60 años, ¿por qué entonces pagar una misma prima nivelada durante toda la vida?

Nuestro consejo es que no te comprometas con algo así. Tú no sabes cuánto durará tu vida, ni si tendrás que vender tu casa antes de pagarla, si cambiarás de residencia, de país… Lo suyo es que pagues en función de tu edad y de tus necesidades, que cambiarán de un año para otro.

Los productos de ahorro pueden estar bien, pero son otra cosa. El seguro de prima nivelada es una mezcla de seguro de vida y de producto de ahorro. Lo lógico es tener un seguro de vida con una compañía aseguradora y, si se desea un producto de ahorro, contratarlo con el banco, pero no ligado a tu hipoteca ni a tu seguro de vida.

21.- ¿ES NECESARIO HACERSE UN SEGURO DE VIDA PARA UN PRÉSTAMO PERSONAL?

Necesario no, pero conveniente sí.

Depende de la situación personal de cada uno. Imagina que vives con tus padres y pides un crédito para comprar tu coche. Si te pasara algo, ¿quieres que ellos sigan durante años pagando tu vehículo?

Es responsabilidad de cada uno hacer frente a sus deudas, y no solo mientras estemos vivos. Dejar el marrón a los demás, obligar a nuestros allegados a asumir nuestros compromisos, abocarlos a la ruina o hacerles pasar por situaciones difíciles es claramente injusto.

Nadie está a salvo de un accidente. Los seguros de vida sirven para que nuestros seres queridos no tengan que pagar las consecuencias de nuestra falta de previsión.