El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que vuelve a colocar en el centro del debate las cláusulas suelo, al declarar nulo el límite mínimo de intereses de una hipoteca firmada en 2007 y considerar abusiva la renuncia de acciones que el cliente firmó años después con su banco.
La resolución obliga a la entidad financiera a devolver las cantidades cobradas indebidamente hasta julio de 2015, cuando se firmó la novación que eliminó la cláusula suelo. El fallo refuerza así la protección de los consumidores ante condiciones hipotecarias poco transparentes.
Una hipoteca variable con un suelo del 4%
En 2007, un vecino de Morón de la Frontera (Sevilla) contrató un préstamo hipotecario con interés variable, pero la escritura incluía una cláusula suelo del 4%, lo que impedía que el cliente se beneficiara de las bajadas del euríbor.
Años después, en 2015, firmó con su banco un acuerdo privado que eliminaba la cláusula suelo, fijaba un interés fijo del 2,15% durante dos años y añadía una renuncia expresa a reclamar cualquier cantidad derivada de la cláusula anterior.
El caso llegó a los tribunales:
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El Juzgado de Primera Instancia declaró la nulidad de la cláusula y ordenó devolver el dinero.
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Sin embargo, la Audiencia Provincial de Sevilla revocó la decisión al considerar válida la renuncia firmada en 2015.
El Tribunal Supremo pone orden: transparencia ante todo
El asunto llegó al Tribunal Supremo, que en su Sentencia 1256/2025, de 16 de septiembre, resolvió dos cuestiones clave:
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La novación fue válida, porque las nuevas condiciones eran comprensibles para un consumidor medio.
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La renuncia de acciones fue nula, porque el cliente no recibió información suficiente sobre las consecuencias económicas de lo que firmaba ni sobre el importe exacto de las cantidades a las que renunciaba.
El Supremo concluyó que no existió consentimiento libre e informado, por lo que declaró abusiva la cláusula de renuncia.
Devolución de las cantidades cobradas con la cláusula suelo
El fallo ordena al banco restituir todas las cantidades cobradas desde la firma del préstamo en 2007 hasta la eliminación de la cláusula en 2015, con los intereses legales correspondientes.
De este modo, se reconoce que la cláusula nunca debió aplicarse porque limitaba de forma abusiva el derecho del consumidor a beneficiarse de las bajadas del tipo de interés.
Una sentencia clave para los consumidores
La resolución del Supremo refuerza la doctrina ya establecida y alinea la jurisprudencia española con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En resumen:
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Las novaciones que eliminan una cláusula suelo pueden ser válidas si son transparentes.
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Las renuncias a reclamar serán nulas si el cliente no fue informado adecuadamente.
Este criterio abre la puerta a que muchos afectados que firmaron acuerdos similares puedan reclamar lo que pagaron de más.
Claves de la sentencia del Supremo
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La transparencia es un requisito esencial en los contratos hipotecarios.
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Los consumidores tienen derecho a recuperar su dinero cuando no fueron informados correctamente.
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Las entidades deben garantizar que los clientes entienden las consecuencias económicas de lo que firman.
Mitos frecuentes sobre las cláusulas suelo
“Si está en la escritura, es legal”
No necesariamente. Que una cláusula figure en la escritura pública no implica que sea válida. La entidad debía explicar de forma clara cómo funcionaba la cláusula suelo y qué impacto tendría en el préstamo.
“Si firmé un acuerdo con el banco, no puedo reclamar”
Tampoco es cierto. Los tribunales —incluido el Supremo y el TJUE— han determinado que una renuncia solo es válida si el cliente comprendió plenamente sus efectos.
Si el banco no ofreció cifras claras ni explicaciones suficientes, el acuerdo puede declararse nulo.
La reciente sentencia es un ejemplo claro: el Supremo valida la novación del interés, pero anula la renuncia porque el cliente no tuvo la información necesaria.
Un paso más hacia una banca más transparente
Con este fallo, el Supremo refuerza la posición de los consumidores frente a cláusulas abusivas y vuelve a exigir mayor transparencia en la contratación hipotecaria.
Miles de personas que firmaron acuerdos sin información suficiente pueden ahora revisar sus contratos y reclamar lo que pagaron de más.