La obligación de contratar seguros con el banco solo existe para el banco

Los bancos  no pueden obligar a ninguna persona ni a ninguna empresa a contratar un seguro cuando le vende otros productos financieros como, por ejemplo, una hipoteca. Algo que, aunque está prohibido por ley, desconoce la inmensa mayoría de los ciudadanos

Si tienes una hipoteca y seguros ligados a la misma como por ejemplo hogar y vida  es muy probable que pienses que el banco te dijera que necesitaba estos seguros para dar luz verde a la hipoteca. No es así. O estabas mal informado o lamentablemente te engañaron.

«La obligación legal de vincular un seguro de hogar a una hipoteca no existe más que para el propio Banco si pretende titulizar la hipoteca, pero en cualquier caso aunque no sea obligación legal si puede exigirlo el propio Banco. No olvidemos que tener una hipoteca sobre una vivienda sin seguro es un riesgo muy grande porque si pasase algún riesgo grave podría tener que reconstruirse todo o gran parte de la vivienda, y sin seguro y con una deuda pendiente sería un gran problema.

Ahora bien si haces el seguro que al menos si te obligan a hacerlo que no te obliguen con su propia Aseguradora, esto no es legal, que al menos te dejen libertad de elegir.

Por otro lado, no nombres beneficiario al Banco, esto no se hace, lo que debe designarse es el acreedor hipotecario, que es diferente. Indicar que existe una hipoteca sobre el bien y que se refleje en el contrato, pero el beneficiario es diferente y debes ser tú como Asegurado .

El seguro comunitario si alcanza la cuota parte que corresponda a cubrir el valor de tasación a efectos de seguro, perfecto. Serviría. Pero debes saber que los seguros comunitarios no cubren todos los riesgos que afectan al continente y pueden suceder.

Por ejemplo, las conducciones privativas de agua no siempre están cubiertas en los seguros comunitarios, y aunque lo estén puede dejar de cubrirse en el tiempo, por eso es bueno tener sino todo si al menos parte en un seguro individual.

También las roturas de encimeras o loza sanitaria…. no suele cubrirse en el seguro comunitario lo privativo así como los daños estéticos… esto en un seguro individual si lo tendrás cubierto.

Si tienes un comunitario al menos asegura también en el individual además del contenido una suma asegurada suficiente de continente para garantizar la protección a estas situaciones. Y no asegurando el continente por el 100% hazlo a primer riesgo para evitar sobresaltos en el futuro.»

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