Denunciada la venta de seguros de prima única por parte de los bancos.

El juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Gijón, en Asturias, ha admitido a trámite una demanda colectiva interpuesta por el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado contra Banco Sabadell y Banco Popular por obligar a sus clientes a contratar un seguro de vida y/o amortización a prima única y con una entidad aseguradora vinculada a ellos, como requisito para otorgarles un préstamo hipotecario.

El Colegio basa su demanda en que las cláusulas que ambas entidades han incluido en sus contratos hipotecarios perjudican a los clientes porque “la prima única financiada es más alta que la que podría haberse conseguido en otra aseguradora”. También afirman que eso implica incremento en el importe del préstamo y, por tanto, también en la base liquidable del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Además, aseguran “al financiarse como parte del préstamo, los intereses se pagan durante toda la vida de la hipoteca”.

Primera demanda colectiva de un colegio de mediadores de seguros

La demanda presentada es, según aseguran el Colegio de Mediadores de Seguros del Principado, “la primera demanda colectiva que saca adelante un colegio de mediadores”. “Se pide que se declare la nulidad de la condición general de esta contratación, que se devuelvan las cantidades cobradas de más y se indemnice a los afectados por daños y perjuicios”, explica Marcelino Tamargo, abogado del despacho Espacio Legal, que representa al Colegio de Mediadores de Seguros del Principado.

En los contratos objeto de la demanda, el Banco Popular vinculaba sus hipotecas a seguros ofrecidos por Eurovida S.A y el Banco Sabadell a Sabadell Seguros Generales, lo que los demandantes denominan “aseguradoras amigas”.

Al cliente no sólo se le impone la contratación del seguro con una aseguradora determinada, sino que además se le está impidiendo la posibilidad de comparar los precios”

“Del contenido de estas cláusulas se desprende que al cliente no sólo se le impone la contratación del seguro con una aseguradora determinada, sino que además se le está impidiendo la posibilidad de comparar los precios y coberturas ofrecidos por otras. Una clara vulneración de los derechos e intereses de los consumidores”, aseguran desde Espacio Legal. Para quienes estas prácticas no solo perjudican al cliente de las entidades financieras, también “afectan directamente a las normas de libre competencia en el resto de compañías del sector asegurador”.

El juzgado Mercantil Nº 3 de Gijón ha emplazado a juicio oral a ambas partes para el próximo mes de octubre. Mientras, desde Colegio de Mediadores de Seguros del Principado se invita a organizaciones colegiales del sector y a clientes afectados a sumarse a esta “acción colectiva”.

Si la cuestión se generaliza afectaría a toda la banca española

De salir adelante esta demanda, podría suponer un nuevo foco de conflicto para todas las entidades financieras españolas en la medida en que vincular las hipotecas a seguros de vida y cancelación ha sido una práctica generalizada durante los últimos años, como también lo fue las cláusulas suelo. Podría sumarse a las acciones colectivas que ya han triunfado como fueron las de las propias cláusulas suelo o las de los impuestos ligados a las hipotecas.

En cualquier caso, habrá que esperar para comprobar hasta qué punto los jueces consideran que esa obligación fue abusiva y contraria a los derechos de los consumidores y si los bancos están o no dispuestos a defenderse hasta las más altas instancias. Esto, que sería lo más probable, podría retrasar años la recuperación de las cantidades abonadas de más por los clientes.

Fuente:www.lavanguardia.com

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