Una sentencia ante la reclamación de una cláusula suelo ha anulado el seguro de Vida que los clientes fueron obligados a suscribir cuando firmaron el contrato de su hipoteca para la compra de una vivienda.
El fallo es firme porque Banco Pastor desistió de recurrirlo ante la Audiencia Provincial “y es una sentencia pionera porque amplía aún más los derechos de los perjudicados, que en este caso han recuperado más dinero por la devolución de la prima del seguro de Vida que los obligaron a contratar que por la cláusula suelo.
«Una sentencia ante la reclamación de una cláusula suelo podría abrir un nuevo frente contra los bancos, porque también anula el seguro de vida que los clientes fueron obligados a suscribir cuando firmaron ante notario la hipoteca con la que compraron su vivienda.
No en vano, el banco deberá pagar ahora a los demandantes 11.053,95 euros -más los intereses legales generados- al anularse judicialmente la cláusula que incluyó en la escritura notarial de la hipoteca que generó el litigio. El importe que recibirán por la anulación de la cláusula suelo, que en este caso era del 2,50 %, será menor, aunque aún debe determinarse. El fallo emitido por esta jueza de Negreira señala, sin concretar cifras, que la entidad bancaria deberá «recalcular y rehacer los cuadros de amortización […] aplicando los tipos de interés pactados, devolviendo la demandada las cantidades cobradas de más».
«Es muy significativo que el banco no haya recurrido finalmente ante la Audiencia, algo que creemos que demuestra que prefirieron que esta decisión no sentara jurisprudencia para evitar que más reclamaciones de este tipo abran un nuevo frente judicial», señala el abogado Lisardo Núñez Pardo de Vera, en cuyo despacho trabaja la letrada que defendió a los demandantes.