Anulado un seguro de vida de prima única que obligaron a contratar con la hipoteca

Una sentencia anula el seguro de vida de 20 años y el de protección de pagos que el Banco Sabadell hizo contratar a un particular al firmar la hipoteca. Igualmente, la entidad financiera obligó al pago por adelantado de las primas por importe total de 23.068,38 euros, así como la financiación de la misma, de manera que aumentó el préstamo hipotecario en 19.450,70 euros.

La sentencia, obliga al banco a devolver al cliente en torno a 20.000 euros. El letrado de Constitución Abogados, Carrera, que ha dirigido el caso, ha explicado que la prima consumida del seguro de vida «se reduce al precio de mercado, según ofertas que presentamos, y se devolverá al cliente la diferencia». También, se le devolverán al cliente los intereses pagados por la parte financiada de la prima, así como la prima del seguro de protección de pagos y la parte financiada del mismo.

Además, se remarca que la entidad incumplió el artículo 12.4 de la Directiva Europea, en tanto que el Banco Sabadell no facilita, sino todo lo contrario, la suscripción de unas pólizas de seguros de un proveedor distinto de su proveedor favorito redundando en el perjuicio del cliente, llegando a la conclusión de que, si el prestatario quería beneficiarse de las bonificaciones, existía la obligación de contratar los seguros a través de Banco Sabadell.

Tambien la sentencia señala que la imposición de seguros a 20 años con pago de prima única financiada beneficia claramente a la entidad bancaria y a su grupo empresarial, al obtener intereses sobre la prima, además de garantizarse una duración de 20 años que imposibilita el desestimiento del asegurado que, además, hubiera podido obtener condiciones mucho más ventajosas al haber contratado los seguros, especialmente el de vida, con otras compañías.

El magistrado recuerda el derecho de los clientes a contratar los seguros con la compañía de su elección y la prohibición de que los contratos de crédito inmobiliario impongan productos como seguros de hogar, vida o protección de pagos a cambio de bonificaciones en la hipoteca.

A raíz de esta sentencia, el Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros se ha dirigido a la Dirección General de Seguros para que califique esta práctica como «mala práxis», lo que provocaría una revisión de las hipotecas y los seguros.

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