Consejos para que el banco no te la cuele con los seguros vinculados

Los seguros vinculados son aquellos que los bancos tratan de imponer para asegurar el pago de la hipoteca. Sin embargo, no son nada ventajosos y afortunadamente es posible evitarlos.

El mercado de las hipotecas es muy versátil. Se puede encontrar todo tipo de productos con intereses y condiciones diferentes. En muchas ocasiones, a la hora de contratar una hipoteca el usuario se encuentra con dos tipos de productos: los vinculados y los combinados. ¿Cuál es la diferencia?

¿Qué es un producto combinado?

Un producto combinado es aquel que puede servir para rebajar el interés del préstamo. Contratarlo o no dependerá del cliente, es decir, no tendrá una obligación de hacerlo.

No obstante, no todo es de color de rosa. Los productos combinados que se contratan (seguro de vida, hogar, tarjeta de crédito e, incluso, una alarma) acarrean unos gastos extra que, a la larga, pueden hacer que un usuario acabe pagando más por su hipoteca.

Un producto vinculado, en cambio, es la condición que establece el banco para que un cliente pueda firmar una hipoteca. La Ley del Crédito Inmobiliario de 2019 establece que estos requisitos solo pueden estar relacionados con la vivienda y el propietario en sí: pueden ser seguros de hogar o seguros de vida.

Además, no es necesario que dichos productos sean del banco siempre que cumplan los requisitos, es decir, que si se pide un seguro de hogar se contrate un seguro de ese tipo.

De hecho, le ley especifica que “el tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional”.

¿Hay que contratar un producto vinculado sí o sí?

Entonces… ¿Habrá que contratar un producto vinculado sí o sí? Dependerá de la entidad con la que se vaya a firmar la hipoteca. Si lo que busca una persona es no tener que contratar ningún producto financiero para formalizar el préstamo tendrá que realizar una búsqueda amplia entre todas las entidades y elegir la que mejor se adapte a sus necesidades.

¿Existen hipotecas sin vinculaciones?

Si una persona ha decidido no contratar ninguna vinculación para su hipoteca… ¿Qué opciones le quedan? Una de ellas es My Investor. Cuenta tanto con una hipoteca fija como una de tipo variable, ambas sin ninguna vinculación. Por lo tanto, no será necesario contratar ningún producto para formalizar la hipoteca con ellos.

En otros casos no hay vinculaciones, pero sí productos combinados, es decir, existe la posibilidad de bajar el interés siempre que el usuario lo desee. Uno de los ejemplos es Openbank, que ofrece un tipo de interés bonificado siempre que el usuario domicilie la nómina y contrate un seguro de hogar.

También existe la posibilidad de que la entidad proporcione una lista de productos y que, en función de cuantos se contraten, la bonificación sea mayor o menor. BBVA, por ejemplo, da la oportunidad de elegir entre domiciliar la nómina, contratar un seguro de hogar o uno de amortización de préstamos. Cuantos más productos se contraten mayor será la rebaja en el tipo final.

En esta situación la clave es saber, a largo plazo, qué compensa más: bajo interés con muchas vinculaciones o viceversa. Es importante realizar esa reflexión, debido a que en caso contrario a la larga se puede acabar pagando más que si se hubiera firmado la hipoteca con un tipo un poco más alto.

En definitiva, los productos vinculados son los requisitos que pide el banco para que una persona pueda firmar una hipoteca. La única forma de sortearlos es eligiendo un banco que no incluya estas condiciones.

 

Fuente: www.20minutos.es

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