La cláusula suelo colocada por Banco Sabadell en un préstamo de 2002 ha sido declarada nula por El Juzgado de 1ª Instancia nº25 bis de Valencia. La entidad ha sido condenada a la devolución de 4.572,28€ por cada cláusula suelo, y 346,72 en cuanto a gastos de formalización de préstamo y una imposición de costas procesales.
Según el magistrado los prestatarios no pudieron conocer el alcance y significado real de la cláusula suelo por falta de información de la entidad bancaria, pero tampoco la renuncia a reclamar por cláusula suelo que el Banco pasó tiempo después, sin indemnizar ni un solo céntimo al cliente, ya que la renuncia previa a los derechos que las leyes reconocen a los consumidores y usuarios es nula.
Para la letrada que ha llevado la defensa del consumidor, Magdalena Rico Palao, la existencia de Cláusula Suelo supone un lastre añadido a la actual crisis económica por lo que anima a los hipotecados a reclamar para conseguir que la hipoteca quede con el diferencial pactado, incluso en el de que se hubiese firmado algún documento al banco, pues si el banco no dio indemnización por la renuncia, esta será invalida.
Fuente: www.lawyerpress.com