Algunos bancos exigen un seguro de vida al firmar una hipoteca como parte de sus condiciones. Sin embargo, no es obligatorio tener un seguro de vida ni firmarlo con el propio banco.
Los préstamos hipotecarios son una herramienta financiera fundamental para adquirir una vivienda, permitiendo a muchos compradores hacer frente a costos que están más allá de sus ahorros. Después de la crisis económica de 2008, las condiciones para obtener una hipoteca se volvieron más rigurosas para ajustarse a la situación de los solicitantes. En la actualidad, hay bancos que requieren la contratación de un seguro de vida. Pero, ¿es realmente necesario u obligatorio?
Aunque algunas entidades bancarias lo soliciten como requisito, contratar un seguro de vida con la hipoteca no es necesario. En otras palabras, aunque algunos bancos pueden incluirlo como parte de su oferta, el solicitante no está obligado a aceptarlo y puede decidir contratar el préstamo hipotecario en otra entidad.
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece en su artículo 17: «Quedan prohibidas las prácticas de venta vinculada de préstamos, con las excepciones previstas en este artículo». Sin embargo, también se permite la venta vinculada cuando el prestamista demuestre que los productos o categorías de productos ofrecidos, en condiciones similares entre sí, brindan un claro beneficio a los prestatarios.
Entonces, ¿por qué algunos bancos solicitan un seguro de vida? Aunque no sea obligatorio, algunos bancos ofrecen préstamos hipotecarios únicamente si se contrata un seguro de vida, e incluso pueden reducir el tipo de interés por ello. La principal razón, además de los beneficios que puedan obtener con la póliza del seguro, es que dicho seguro puede ser la garantía para cubrir la deuda pendiente en caso de fallecimiento del titular.
Es importante destacar que, si se firma una hipoteca con un banco que exige la contratación de un seguro de vida, el cliente no está obligado a firmar el seguro con el propio banco. Puede optar por cualquier seguro de vida disponible en el mercado. El prestamista debe aceptar pólizas alternativas de proveedores que ofrezcan condiciones y prestaciones equivalentes a las propuestas por el banco.
En resumen, aunque algunos bancos soliciten un seguro de vida al conceder una hipoteca, no es obligatorio tenerlo ni firmarlo con el banco. Los compradores tienen la opción de decidir si desean contratar un seguro de vida y, en caso afirmativo, pueden elegir entre las opciones disponibles en el mercado.