Los seguros de vida de Banco Sabadell, anulados por su condición de prima única considerada abusiva

Todavía son muchos los casos de abuso bancario sin resolver, como los recién anulados seguros de vida de prima única del Banco Sabadell, considerados perjudiciales económicamente para sus clientes.

El Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Zaragoza y el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Jaca han anulado estos seguros de vida por falta de transparencia y considerarlos abusivos por perjudicar a los clientes, además de determinar que Banco Sabadell deberá devolver a los clientes el importe de las primeras más los intereses pagados por exceso de financiación hipotecaria.

Ambos juzgados no han tenido duda sobre estos contratos de seguro después de que la Audiencia Provincial de Zaragoza confirmara, en marzo de 2022, la nulidad de los seguros de vida de prima única vinculados a préstamo hipotecario.

El abogado José Luis Carrera, del despacho Constitución Abogados, que ha logrado ambas sentencias favorables, explica que el banco ocultó a sus clientes las consecuencias abusivas de los seguros de prima única.

En concreto, según se indica, el banco informaba a sus clientes que, para obtener la bonificación del tipo de interés en la hipoteca, tenían que suscribir un seguro de vida, presentándoles un seguro de vida de prima única de elevada cuantía. Esa información era engañosa ya que, para la bonificación, bastaba con contratar un seguro de vida anual.

De este modo, Banco Sabadell tendrá que devolver a los clientes 8.000 euros y 5.000 euros, respectivamente, además de los intereses pagados de más. Según se recoge en las sentencias, la entidad financiera deberá devolver también la prima del seguro de protección de pagos.

Además, el seguro, aparte de ser abusivo y también de prima única, no cubría al cliente en caso de desempleo, ya que la propia póliza exige que el trabajador tenga un contrato indefinido, lo que el cliente no tenía. De esta forma, se considera que el banco no cumplió con su obligación de asesoramiento en la contratación de los seguros por lo que debe responder por ello.

También las dos sentencias hacen hincapié en analizar la «falta de transparencia» en la forma de pago de prima de un seguro, ya que lo relevante no es que el cliente conozca el precio a pagar, sino que el consumidor pueda llegar a representarse la real carga económica que va a suponer ese tipo de contratos.

 

Fuente: www.eleconomista.es

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