En un caso reciente, una beneficiaria de un seguro de vida se vio envuelta en una disputa legal cuando la aseguradora rechazó el pago tras la muerte del asegurado, alegando que este tenía un cáncer preexistente al contratar el seguro. El asegurado había sido diagnosticado con linfoma poco antes de suscribir el contrato. La clave del litigio se centra en la validez del cuestionario de salud que se rellenó al contratar el seguro. La beneficiaria niega su existencia y sostiene que fue el personal de la aseguradora quien lo completó. El Tribunal Supremo determina que lo esencial para liberar a la aseguradora del pago es la presencia de dolo o culpa grave por parte del asegurado, evaluando si las preguntas planteadas permitieron al asegurado ser consciente de que estaba ocultando información vital para evaluar el riesgo. En este caso, se concluye que el asegurado actuó de manera deliberada al no revelar su enfermedad grave, lo que justifica el rechazo del pago por parte de la aseguradora.