No todo el mundo puede comprar una vivienda en España

La mayoría de personas que aspiran a comprar una vivienda tendrá que hacerlo mediante un préstamo hipotecario. A su vez, dicho préstamo requiere cumplir una serie de requisitos. 

Es necesario tener ahorros

La inmensa mayoría de los bancos financian, con sus hipotecas, un máximo del 80% del precio de la vivienda que se quiere adquirir. El comprador, en consecuencia, necesitará tener ahorrado el 20% restante, así como un 10% adicional para hacer frente a los gastos derivados de la compraventa: los honorarios del registrador y del notario, los impuestos, etc.

Pongamos, por ejemplo, que una persona está interesada en adquirir un piso que cuesta 200.000 euros. Si pide una hipoteca a un banco, generalmente conseguirá un préstamo de hasta 160.000 euros. Para completar la compra, necesitará pagar de su bolsillo los 40.000 euros restantes y 20.000 euros más para abonar los gastos de compraventa.

Sin embargo, no todo el mundo tiene la capacidad de ahorrar esa cantidad. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), solo el 41,1% de las familias de nuestro país ahorra dinero al finalizar un mes normal. El 43,2%, en cambio, termina habitualmente el mes sin haber podido ahorrar.

Los que tienen dificultades para ahorrar lo tienen más complicado para conseguir una hipoteca. Aun así, no es imposible del todo, ya que existen bancos que pueden financiarles hasta el 90% o incluso el 100% de la compra de la vivienda si se dan ciertas circunstancias: si su perfil es muy bueno pese a no tener dinero ahorrado, si se pide el préstamo a través de un bróker hipotecario o si se compra un piso de una entidad financiera, por ejemplo.

Hay que cobrar un buen sueldo

Para conseguir la hipoteca, como es lógico, también hay que cobrar un sueldo suficiente para pagar las cuotas. La mayoría de los bancos exigen que los ingresos netos que perciba el futuro titular (o los titulares) cada mes triplique el importe de las cuotas mensuales del préstamo hipotecario.

La hipoteca media tiene, según el INE, un importe de 143.831 euros y un plazo de devolución de 25 años. Con un interés fijo medio del 1,50%, las cuotas mensuales de este préstamo serían de 575,23 euros. Por lo tanto, el titular debería cobrar, como mínimo, un salario mensual neto de 1.725,69 euros (el triple de 575,23 euros).

No obstante, el salario más frecuente se queda muy por debajo de esa cantidad: según el INE, es de unos 1.540,82 euros brutos al mes. Por ello, en muchas ocasiones es imprescindible pedir la hipoteca con dos o más titulares (en pareja o con familiares o conocidos). Conviene destacar, eso sí, que las probabilidades de que el banco apruebe la solicitud son mucho mayores si el préstamo se contrata entre varias personas.

Para que la cuota de la hipoteca suponga la mínima carga posible, es importante acudir a bancos que ofrezcan un buen tipo de interés. Cuanto menor sea el interés aplicado, más baratas serán las mensualidades del préstamo. Por ejemplo, una buena opción podría ser la Hipoteca Mari Carmen Variable de ABANCA, cuyo tipo es uno de los más bajos del mercado: desde euríbor más 0,85% si se domicilia la nómina y se contratan los seguros de hogar y vida de la entidad.

La estabilidad laboral es indispensable

Finalmente, todos los bancos exigen que el solicitante tenga estabilidad laboral. Como una hipoteca es una deuda que se contrae a muy largo plazo (entre 20 y 30 años, por lo general), las entidades necesitan tener ciertas garantías de que el hipotecado podrá pagar las cuotas durante un período prolongado.

Para un asalariado eso significa tener un contrato indefinido con una antigüedad mínima de unos seis meses o más. En cuanto a los autónomos y a los empresarios, deberán demostrar que su negocio es estable y que lleva varios años dando beneficios.

En caso de no disfrutar de esa estabilidad, es posible que el banco acceda a dar la hipoteca si se le ofrecen otras garantías. Por ejemplo, si una tercera persona avala la operación con su patrimonio personal o con una propiedad libre de cargas. Antes de aportar esas garantías adicionales, sin embargo, conviene tener presente que los bienes de esa persona podrían ser embargados si el hipotecado no paga las cuotas.

 

Fuente: www.larazon.es

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