A la hora de cobrar un seguro de vida es normal que surjan dudas, debido a que existen una serie de pasos que es obligatorio seguir.
Cobrar un seguro de vida implica, necesariamente, dar unos pasos y cumplir toda una serie de requisitos. Además, hay un plazo para ello.
Cada vez más personas se deciden a contratar un seguro de vida para dar cobertura a sus seres queridos en caso de fallecimiento o invalidez total. Sin embargo, en muchas ocasiones los beneficiarios desconocen los pasos que hay que seguir para cobrar la indemnización correspondiente. Lo primero, evidentemente, es confirmar que existe la póliza, ya sea con Zurich Klinc o cualquier otra compañía, y asegurarnos de que en ella figuramos como beneficiarios. Si hay dudas, se puede solicitar un certificado de seguros de vida en el registro correspondiente del Ministerio de Justicia. Para ello habrá que esperar 15 días desde el fallecimiento.
Notificación y documentación necesaria
El primer paso para cobrar el seguro de vida es dirigirse a la aseguradora para solicitar el cobro. Para ello hay un plazo de siete días. A partir de ahí, cada aseguradora puede requerir una serie de documentos. En líneas generales debes tener en cuenta que ten harán falta:
– Certificado de defunción.
– La póliza del seguro de vida.
– Certificado de nacimiento o DNI del asegurado.
– Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades
– Copia del último testamento o declaración notarial de herederos.
– Certificado de matrimonio, en el caso del cónyuge, o identificación de los beneficiarios.
– Certificado médico que recoja la evolución de la enfermedad que causa el fallecimiento. Si ha sido una muerte por accidente se necesitarán las diligencias judiciales, atestado y autopsia.
Además de estos, la entidad aseguradora puede solicitar otros documentos que considere necesarios para valorar si procede o no el pago de la indemnización.
¿Cuánto se tarda en cobrar la indemnización?
En ese sentido, la ley es clara, la aseguradora tiene un plazo máximo de 40 días desde la notificación del fallecimiento y la entrega de la documentación para efectuar el pago, al menos, de un importe mínimo. Por otra parte, existen tres fórmulas para cobrar el seguro de vida: pago único, renta vitalicia o renta temporal.
Un caso especial: la incapacidad absoluta
Cuando la póliza incluye indemnización por incapacidad absoluta, los trámites son diferentes. En ese caso es imprescindible presentar la resolución de invalidez dictada por un organismo oficial, además del certificado médico, los documentos de identificación del contratante y el certificado de nacimiento.
Otros aspectos importantes
Existen un sinfín de matices que debes tener muy en cuenta a la hora de cobrar un seguro de vida. El primero de ellos es que se debe satisfacer el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, puesto que la aseguradora va a exigir el documento que lo acredite. La alternativa es una autoliquidación parcial del impuesto por el valor de la póliza.
Si el beneficiario es el tomador (en el caso de invalidez absoluta) se tributa como rendimientos del capital mobiliario en el siguiente ejercicio del IRPF.
También es importante cumplir los plazos, puesto que de otro modo la aseguradora puede negarse a abonar la indemnización. Solo cabe una excepción, que el retraso se deba a desconocimiento o a causas no deliberadas ni negligentes, en ese caso la ley da un plazo de cinco años para reclamar el cobro del seguro de vida.
¿Merece la pena contratar un seguro de vida?
Muchas veces surgen dudas: ¿Cómo hacer un seguro de vida? ¿Es caro? ¿Realmente merece la pena? La respuesta es que sí, merece la pena. El desembolso es mínimo y, a cambio, las coberturas son muchas.
Dependen, eso sí, de la póliza, pero en líneas generales suponen proteger económicamente a esos seres queridos en circunstancias a veces complicadas. Esas coberturas pueden incluir desde protección hipotecaria al pago de los estudios de los beneficiarios.
Fuente: www.economiadigital.es