Qué necesitas saber sobre los seguros de vida vinculados a la hipoteca

Tras firmar un préstamo hipotecario surgen dudas sobre si es conveniente contratar un seguro de vida para posibles situaciones económicas que impidan continuar pagando la cuota. Ante esto, es necesario tener en cuenta una serie de cosas.

Comprarse una vivienda supone una de las inversiones económicas más significativas en la vida de una persona, ya que esta tendrá que hacer frente a numerosos gastos como la adquisición del terreno, amueblar el inmueble, el pago de los suministros o incluso la contratación de seguros, entre otros. Así, todo estos elementos pueden elevar notablemente la factura final que se deberá abonar para poder ser propietarios de la casa de nuestros sueños.

Aunque contratar un seguro puede suponer un gran desembolso de dinero, este tipo de productos son esenciales para la protección de los individuos ante posibles riesgos futuros. En este contexto, una póliza de seguro de vida de hipoteca es un producto asegurador que cubre económicamente al titular del contrato en caso de fallecimiento o invalidez. De esta forma, será el seguro el que se ocupará de pagar la parte de la hipoteca asegurada, manteniendo así la estabilidad financiera del hogar y evitando que la deuda pase a los herederos, en caso de que el titular del inmueble fallezca.

¿La contratación de este tipo de seguros es obligatoria?

La contratación de este tipo de pólizas no es obligatoria, ya que en el artículo 17 de la Ley hipotecaria de 2019 se prohíbe la práctica de los productos vinculados a la concesión de hipotecas. Es por ello que no se puede obligar al solicitante de este préstamo a contratar un seguro de hipoteca para que pueda acceder a una hipoteca.

No obstante, esta ley contempla excepciones a esta prohibición, ya que establece lo siguiente: “los prestamistas o intermediarios de crédito inmobiliario podrán exigir al prestatario la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo (…) En este caso el prestamista deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la que aquel hubiera propuesto, tanto en la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones”.

Por tanto, las entidades bancarias intentan que la concesión de la hipoteca se haga de forma conjunta a la contratación de este tipo de pólizas, mejorando las condiciones del préstamo si se contratan ambos productos, ya que así se garantizan que el cliente contrate también el seguro. Esta opción se lleva a cabo para asegurarse de que la hipoteca estará cubierta por el seguro y que este se hará cargo de la deuda contraída por el hipotético fallecido.

¿Se debe contratar un seguro de vida con el banco?

Pese a que no será necesario contratar un seguro con el banco, si se decide apostar por la entidad bancaria, desde el portal inmobiliario de Fotocasa explican las formas en las que pueden venderte esta póliza:

  • Como producto vinculado: El propietario deberá contratar un seguro de vida para que lee concedan la hipoteca, pero con la aseguradora que esta persona elija.
  • Como producto bonificador: Se podrá decidir si contratarlo o no, aunque en el caso de no hacerlo, la hipoteca tendrá un interés más alto.

No obstante, la contratación de este seguro con el banco no resulta en muchas ocasiones la mejor opción, ya que desde estas entidades financieras suelen tener un coste mucho más elevado. En este sentido, los bancos ofertan seguros un 91% más caros que las compañías de seguros, según el “Estudio comparativo de primas de seguro de Vida Riesgo 2022″ de Inese, compañía que agrupa a los profesionales del sector asegurador.

Por tanto, si un para un perfil medio, el coste del seguro de vida hipotecario puede tener un precio que ronda entre los 100 y los 400 euros anuales, este puede verse incrementado en más de un 90% si se contrata con la entidad bancaria.

 

Fuente: www.larazon.es

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