¿Se puede devolver la prima de un seguro de vida?

Siempre puedes devolver la prima de un seguro de vida que te haya cobrado la compañía, devolviendo el recibo del banco, pero en ese caso el seguro quedará sin efecto inmediatamente.

Otro caso es que la compañía te devuelva la prima (lo que se llama extorno). Un seguro de vida en general, no contempla la devolución de la prima no consumida a no ser que el seguro se cancele antes de los 30 días después de la emisión o bien si está asociado a un préstamo hipotecario y el cliente realiza amortizaciones para cancelar el crédito.

¿Se puede devolver la prima de un seguro de vida?

Si, se puede devolver pero el contrato quedaría sin efecto inmediatamente.

¿En qué caso contempla la ley el derecho al extorno (devolución de prima no consumida)

Para empezar la propia Ley establece excepciones a este supuesto general, tal y como la propia DGSFP recoge en otro apartado de su web de lectura obligatoria:

  • Para los seguros de vida el tomador del seguro tiene 30 días desde que se haya recibido la póliza o el documento de cobertura provisional para resolver el contrato, teniendo derecho al extorno de la prima por el resto del plazo.
  • En el caso de seguros de no vida, contratados a distancia y que nos dan obligatorios, el plazo es de 14 días para tener derecho al extorno.
  • En los supuestos de disminución del riesgo, si la aseguradora, comunicado, este hecho, no acepta rebajar la prima.
  • En los casos de transmisión del objeto asegurado, una vez le comunicamos a la aseguradora la transmisión, esta tiene 15 días para aceptar o no al nuevo asegurado. Si no lo hace, tenemos derecho al extorno de la prima (hay determinados seguros en que es posible que en la póliza se exceptué esta opción.
  • En los supuestos de contratos de seguros vinculados a préstamos al consumo.

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2 respuestas

  1. Allianz a través de popular me han hecho un seguro de vida a treinta años cobrándome una prima única de 13.826 e llevo dos años de hipoteca trabajo hace diez en una aseguradora por lo tanto el riesgo ya lo tengo cubierto por otro lado y en la escritura en ninguna parte aparece la obligación de ese seguro que puedo hacer ?

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    1. Buenas tardes: reclama ante el defensor del asegurado, además como profesional del seguro probablemente conocerás la normativa en este sentido. Los seguros de prima única son mas complejos que los seguros ANUALES RENOVABLES, y salvo casos de fuerza mayor no se devuelve la prima. Dependerá de la entidad financiera que te escrituren o no dicho seguro.

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