Un cambio significativo en la justicia europea beneficia a los consumidores: ahora el plazo para reclamar gastos hipotecarios comienza al conocerse su abusividad.
En una decisión trascendental, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que el plazo para reclamar la devolución de los gastos de préstamos hipotecarios inicia desde el momento en que el consumidor se entera de su abusividad. Esta sentencia, publicada el 25 de enero, representa un giro significativo a favor de los derechos de los consumidores.
Celebración de FACUA
FACUA-Consumidores en Acción, que actualmente gestiona reclamaciones de devolución de dichos gastos para numerosos afectados, celebra que el TJUE se posicione en línea con los intereses de los consumidores. Esto amplía considerablemente la capacidad de los clientes bancarios para ejercer sus derechos frente a prácticas abusivas de las entidades financieras.
Implicaciones del Fallo del TJUE
El TJUE determina que el plazo de prescripción empieza cuando el consumidor es consciente del carácter abusivo de la cláusula y sus consecuencias, sin depender de una jurisprudencia consolidada. La sentencia aclara que no se puede asumir que el consumidor, a diferencia del profesional, esté al tanto de la jurisprudencia en materia de derechos del consumidor.
Ampliación y Flexibilidad en el Plazo de Reclamación
Este fallo del TJUE desmonta argumentos previos que llevaban a los jueces españoles a considerar prescritas estas reclamaciones. Con esta resolución, cualquier consumidor afectado por cobros ilícitos de gastos hipotecarios puede reclamar, independientemente de si su hipoteca está cancelada o no, y aunque hayan pasado cinco años desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2019, siempre y cuando no tuviera conocimiento previo de la abusividad de la cláusula.
Resolución y Derechos de los Usuarios
Con este nuevo fallo, los usuarios tienen el derecho de reclamar desde el momento en que descubren la abusividad de una cláusula de gastos en su préstamo hipotecario. Esto se aplica sin importar la sentencia del Supremo, la fecha de firma de la hipoteca o el momento del pago de dichos gastos, abriendo una ventana significativa para la restitución de los derechos e intereses de los consumidores.